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Este miércoles 15 de mayo, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 477/2024 que modifica el Reglamento de Destinos de la Guardia Civil (470/2019). Una de las principales novedades que introduce es que se podrán solicitar vacantes en puestos de reserva desde la situación de continuación de servicio activo.
Hasta ahora este “reenganche”, como era conocido coloquialmente, sólo se podía pedir cuando hubiera vacantes en puestos de reserva dos meses antes de la fecha de pase a esta situación. En concreto, realiza cambios en los artículos 17 y 57.
En este último se añade un punto en el que se hace alusión a la efectividad de los destinos asignados para personal en reserva que correspondan a solicitantes en continuación en servicio activo o a los habilitados al estar próximos a cumplir la edad reglamentaria para hacerlo. En estos casos lo que será de aplicación será lo que figure expresamente en la propia resolución de asignación de destinos.
Asimismo, modifica el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 728/2017. En este caso, el artículo 8 donde se estipula la retirada añade en el punto 4 que no será necesario determinar en la resolución la causa del retiro.
Por otro lado, se añade un apartado en el artículo 15 mientras que el 25, relativo a los Programas específicos de interés para la seguridad ciudadana, y el 47, titulado “Procedimiento para continuar en servicio activo”, también sufren modificaciones.
Cabe destacar que este Real Decreto no se publicará en el BOGC hasta el próximo martes aunque entrará en vigor mañana, 16 de mayo de 2024.
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